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Vendedores ambulantes en CABA: más allá de la viralización

La venta ambulante en Buenos Aires expone tensiones estructurales sobre el uso del espacio público, el trabajo informal y los límites del derecho a la ciudad.

por Clara Moroni*


La viralización de momentos de la vida cotidiana forma parte del clima de época: alguien presencia una situación que le genera alguna emoción, la registra, la sube a redes y, a partir de allí, el algoritmo y las pasiones colectivas destacan algunos videos por sobre otros. Esto ocurrió en los primeros días de abril con un video en el que se observa a inspectores de Espacio Público e Higiene Urbana de la Ciudad de Buenos Aires decomisando la mercadería de un joven vendedor ambulante[1]. Alguien pasó, filmó y el contenido se viralizó.


Ahora bien, más allá de este caso puntual, los operativos de decomiso a vendedores ambulantes son una escena recurrente en la ciudad y permiten analizar qué concepción del derecho a la ciudad sostiene la actual gestión del PRO, encabezada por Jorge Macri. ¿Qué sucede con los vendedores que no logran ser viralizados? ¿Con aquellos que no interpelan la sensibilidad pública?


Ciudades para pocos


Las ciudades globales, conectadas con su entorno y con el mundo como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyen espacios donde confluyen los extremos del proceso económico: quienes ganan y quienes pierden. Allí operan los grandes capitales y, al mismo tiempo, trabajan sectores necesarios para la reproducción del sistema, pero excluidos de los beneficios que este genera. Entre estos últimos se encuentran los trabajadores que se autogeneran su propio empleo. Si bien este fenómeno no es novedoso en Argentina, tiende a intensificarse en contextos de crisis económica como el actual.


Dentro del amplio y heterogéneo universo del trabajo informal se encuentran los vendedores ambulantes: trabajadores de sectores populares que, en general, circulan por la ciudad sin un punto fijo (en calles o en medios de transporte público) ofreciendo mercancías de bajo costo, como medias, pañuelos descartables, golosinas, condimentos, artesanías o frutas y verduras de estación. De este modo, la ciudad y su movilidad interna configuran, para estos trabajadores, tanto su espacio como su forma de trabajo.


Este uso de la ciudad como medio de reproducción de la vida no está exento de tensiones y disputas en torno a los usos legítimos del espacio urbano. Estas disputas se despliegan en los espacios públicos compartidos: plazas, veredas y estaciones de transbordo. Pueden observarse, al menos, de dos maneras: por un lado, en la instalación de dispositivos que limitan los usos y habilitan únicamente aquellas prácticas consideradas legítimas (Bachiller, 2009); por otro, en normas escritas (leyes, reglamentaciones y protocolos) que establecen sanciones ante usos considerados indebidos del espacio público.


En el caso de los vendedores ambulantes, su actividad es considerada, según el Código Contravencional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, una práctica que “altera el uso del espacio público” cuando no está autorizada por un organismo estatal. Que la prohibición se formule en términos de alteración revela una concepción específica sobre los usos legítimos de la ciudad. Al utilizar el espacio público como medio de reproducción material, estos trabajadores son construidos como “usuarios inapropiados” frente al resto de los habitantes urbanos (Bachiller, 2009). Como señala Bachiller (2009), las maneras en que denominamos los fenómenos sociales permiten entrever los supuestos desde los cuales construimos nuestra interpretación de la realidad. En esta línea, incluir a los vendedores ambulantes dentro de las prácticas que alteran el orden refuerza una idea particular acerca de qué trabajos y qué trabajadores tienen derecho a habitar la ciudad y a utilizarla como espacio laboral.


Políticas públicas para los trabajadores de la ciudad


Más allá del análisis específico de esta actividad, y reconociendo que es deseable un horizonte de desarrollo que genere empleo formal, las formas en que estos trabajadores transitan la ciudad y las disputas por los usos legítimos del espacio urbano abren una pregunta central: ¿qué políticas públicas urbanas están pensadas para este sector?


En términos generales, el trabajo informal ha sido abordado mediante políticas de empleo o asistencia social orientadas a la inserción en el mercado laboral formal. Sin embargo, si estos trabajadores tienen a la ciudad como espacio de trabajo, cabe preguntarse en qué medida la planificación urbana y las políticas sociales consideran efectivamente esta realidad. Pensar ciudades y políticas sociales locales desde el paradigma del derecho a la ciudad implica sostener la posibilidad efectiva de transformar el entorno en el que vivimos y, al mismo tiempo, de transformarnos como sujetos (Harvey, 2014).


En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no existen políticas de infraestructura urbana orientadas a mejorar las condiciones laborales de este tipo de trabajadores. Si bien las políticas de empleo pueden constituir una respuesta (aunque con claros límites, especialmente en contextos de escasa generación de empleo), no hay iniciativas que mejoren las condiciones concretas en las que desarrollan su actividad. Por el contrario, se intensifican los operativos de decomiso de mercadería y la instalación de dispositivos urbanos que incluso dificultan el descanso de estos trabajadores.


Retomando a Shore (2010), la función instrumental de una política social no impide reconocer su dimensión simbólica. Es precisamente esta dimensión la que permite comprender su función en la sociedad. Desde esta perspectiva, aun cuando los operativos puedan justificarse en el cumplimiento del Código Contravencional, cabe preguntarse: ¿qué implicancias simbólicas tiene que la venta ambulante sea definida como una alteración? ¿Por qué se aplica con rigor esta norma y no otras, como estacionar en doble fila, una práctica extendida entre los conductores porteños? De este modo, la política del actual gobierno de la ciudad refuerza una concepción simbólica del derecho a la ciudad restringida a ciertos sectores.


Conclusiones


El caso que se volvió viral no es una excepción, sino la manifestación visible de un orden urbano que se reproduce cotidianamente. En ese orden, no todos los usos del espacio público tienen el mismo estatuto de legitimidad ni todos los trabajadores son reconocidos como tales.

Los vendedores ambulantes encarnan una de las formas más evidentes de esa desigualdad: dependen de la ciudad para trabajar, pero al mismo tiempo son expulsados de ella en nombre de su regulación. La ausencia de políticas públicas orientadas a mejorar sus condiciones laborales contrasta con la presencia activa de dispositivos de control y sanción.


En este sentido, la gestión del espacio urbano no solo organiza la circulación o garantiza el cumplimiento de normas, sino que también produce sentidos sobre quiénes pueden habitar la ciudad y de qué manera. Definir la venta ambulante como una alteración del espacio público no es únicamente una decisión técnica o jurídica, sino una forma de establecer jerarquías entre prácticas, trabajos y sujetos.


Así, el derecho a la ciudad aparece como un derecho segmentado: mientras algunos acceden a ella como espacio de consumo, tránsito o esparcimiento, otros ven restringido su uso como espacio de trabajo y de reproducción de la vida.


Pensar políticas urbanas que reconozcan esta tensión no implica romantizar la informalidad ni renunciar a horizontes de empleo formal, sino asumir que, en el presente, miles de trabajadores ya habitan y producen la ciudad desde esos márgenes. Ignorar esa realidad —o responder únicamente con decomisos— no resuelve el problema: lo desplaza y lo profundiza.



*Clara Moroni (Argentina) Licenciada en Sociología por la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM) y maestranda en la Universidad Nacional de Tres de Febrero (UNTREF). Miembro del CEDI, docente en el IFTS n°12 y en la Universidad Nacional del Oeste. Correo: cmoroni88@gmail.com



Bibliografía


BACHILLER, S. (2009) “Significados del espacio público y la exclusión de las personas sin hogar como un proceso de movilidad forzada”. Revista Española de Investigaciones sociológicas (REIS), N° 128, Oct.-Dic., pp. 125-137.

HARVEY, D. (2014) Del derecho a la ciudad a la revolución urbana. Prefacio y Capítulo 1: El derecho a la Ciudad. Akal. Argentina.

SHORE, C. (2010). “La antropología y el estudio de las políticas públicas. Reflexiones sobre la formulación de las políticas”. Revista Antípoda Ed. 10


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