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Gestión de residuos en tiempos de COVID-19

Actualizado: 11 jun 2020

POR Equipo CEDI


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Con alrededor de 6,5 millones de infectados y cerca de 400 mil muertes, la pandemia de COVID-19 genera estragos en los sistemas sanitarios y económicos del mundo. A su vez, la propagación del virus SARS-CoV-2 provoca un impacto directo en el ambiente por el aumento de la generación de residuos a partir del incremento de los materiales desechados provenientes del sistema de salud y de los hogares en los que se realiza el confinamiento. A continuación analizamos las principales medidas que se han ido implementando a nivel nacional y en la provincia de Buenos Aires para prevenir ese daño ambiental.

Residuos patogénicos

En Argentina los residuos patogénicos están regulados a nivel nacional por la Ley 24.051 de residuos peligrosos. Abarcan a los restos de sangre, residuos orgánicos provenientes del quirófano, algodones, gasas, vendas usadas, ampollas, jeringas, objetos cortantes o punzantes y materiales descartables, entre otros.

La norma reconoce diferentes obligaciones para los generadores (hospitales, laboratorios y centros de salud), las empresas transportistas y los operadores (empresas que cuentan con las plantas de tratamiento y que se encargan de la disposición final).

Los métodos de tratamiento habilitados son la incineración (mediante hornos pirolíticos) y la esterilización (aplicada mediante un sistema de vapor de agua a alta presión y temperatura denominado autoclave). Los restos son enterrados luego en celdas de seguridad. La naturaleza, cantidad y tratamiento de los residuos debe ser documentada en toda la cadena en un instrumento denominado “manifiesto”.

Ante la emergencia sanitaria y el aumento de residuos patogénicos que se generan por los pacientes con COVID-19, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación conformó una red de contención con las empresas registradas en las diferentes provincias y habilitadas en dichas jurisdicciones para tratar los desechos clínicos. En esa misma línea, instó a los gobiernos provinciales a que evalúen con la mayor celeridad posible todo otro operador que se considere en condiciones técnicas para proceder al tratamiento de los residuos patológicos o patogénicos.

El ministro Juan Cabandié también suscribió un convenio con una de las principales cámaras empresarias del sector, CAITPA, el cual prevé el aumento de la capacidad instalada de tratamiento de residuos patogénicos y el diseño de un plan de contingencia. Según declaraciones del funcionario, actualmente “el sistema tiene una capacidad ociosa del 50%”, lo cual aún brinda margen para el tratamiento ante un fuerte incremento de los casos bajo internación.

Asimismo, teniendo en cuenta la proliferación de centros de aislamiento por fuera del sistema de salud tradicional, como por ejemplo hoteles y albergues municipales, la cartera de Ambiente estableció un procedimiento para autorización de manifiestos para las instalaciones y establecimientos transitorios.

En la provincia de Buenos Aires, jurisdicción que además de los residuos de su sistema sanitario trata los de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se retrotrajo y congeló por 90 días el precio de los servicios de transporte y tratamiento de residuos patogénicos y el de las bolsas y cajas de bioseguridad utilizadas para su traslado. A su vez, se facultó al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), autoridad ambiental en dicha jurisdicción, a brindar autorizaciones excepcionales a otros operadores para tratar ese tipo de residuos.

En esa línea, el organismo provincial también diseñó un sistema de monitoreo e instruyó a generadores, transportistas y operadores a que reporten sus actividades en él. La actualización de esos datos permitirá un control integral del sistema de residuos patogénicos y posibilitará adoptar las medidas necesarias ante eventuales problemas, como la falta de insumos como bolsas o precintos de seguridad en los centros de salud, la acumulación de residuos en los lugares de almacenamiento o demoras en el servicio de retiro por parte de las transportistas, entre otras particularidades que pueden atentar contra la cadena.

Residuos domiciliarios

En términos normativos, la gestión integral de residuos domiciliarios está regulada por la Ley 25.916 (Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos – GIRSU), la cual establece estándares mínimos de protección ambiental en el proceso que se aplica a este tipo de residuos, con el objeto de reducir los impactos negativos sobre el ambiente, proteger la calidad de vida de la población, valorizar los residuos por medio del reciclaje, entre otros. Además, la ley establece cada una de las etapas en la gestión de residuos: recolección, transferencia, transporte, tratamiento y disposición final.

La Constitución define en su artículo 41 las competencias que le corresponden en materia ambiental a cada jurisdicción: la ley mencionada, al ser nacional, dicta bases mínimas de protección. A su vez, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pueden dictar normas complementarias en el área: la provincia de Buenos Aires, con la ley 13.592, dicta la normativa complementaria de la ley nacional.

Los municipios, por su parte, son entes autónomos competentes en la materia de gestión de residuos, con potestad impositiva, capacidad de dictar sus propias normas percibir tasas y otras contribuciones, y competencia para organizar los sistemas de recolección y disposición. En el ámbito metropolitano de Buenos Aires la disposición final se realiza en los centros de la Coordinación Ecológica Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE), mientras que el resto de las localidades de la provincia de Buenos Aires disponen de rellenos sanitarios. Abundan, de forma irregular, basurales a cielo abierto en los diferentes distritos, los cuales se busca erradicar y reconvertir.

Según datos oficiales de la cartera ambiental nacional, la población se encuentra altamente concentrada en el sector urbano (90%) y reporta una cobertura de recolección de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) del 99,8%, una tasa de disposición final en Rellenos Sanitarios del 64,7%3 y una tasa de generación de 1,15 kg/hab/día de RSU. El 54% de la población recibe el servicio de recolección en forma tercerizada, por ejemplo el Partido de Lanús, y el restante 46% como prestación municipal directa, como es el caso del Partido de Quilmes. La frecuencia de recolección diaria es superior al 70% y a estos números debemos sumar un actor crucial en el análisis, los recuperadores urbanos.

Atento la grave coyuntura provocada por el COVID-19, desde los entes oficiales de Nación y provincia de Buenos Aires se han emanado una serie de protocolos para el manejo de residuos domiciliaros para posibles contagiados con aislamiento domiciliario. Ante sospecha o confirmación de haber contraído el virus se debe suspender la separación de residuos en el domicilio para evitar trasportar el virus, pasar a un sistema de triple bolsa para su recolección y conservar los residuos 72 horas en el hogar. Es menester recordar que los residuos generados por el paciente deben disponerse en una bolsa colocada dentro de un tacho de uso exclusivo para estos fines en la habitación de aislamiento, cerrando esta bolsa y colocándola en otra bolsa con un rótulo que indique la fecha y diga “NO ABRIR”. Es fundamental que la bolsa de residuos sea gruesa y quede bien cerrada. Luego debe ser colocada en una tercera bolsa.

Es importante destacar que el motivo para dejar los residuos 72 horas en el domicilio se debe a que en ese plazo la carga viral disminuye, haciéndolo también el potencial de contagio. Las autoridades nacionales y provinciales de Salud y Ambiente trabajan mancomunadamente para lograr capacitar tanto a los pacientes en su domicilio como a los responsables de la recolección y el manejo de este tipo de residuos.

El OPDS, por su parte, también aprobó medidas de prevención para municipios, empresas recolectoras y de disposición final de residuos sólidos urbanos y un protocolo con recomendaciones y medidas de prevención destinadas a proteger la salud de los trabajadores del sector de recuperación y reciclaje de residuos.

Conclusión

En definitiva, esta pandemia nos revela la importancia de articular la gestión estatal en sus tres niveles y poner el foco en el mantenimiento de la higiene urbana para evitar la propagación del virus, dotar de los elementos de seguridad apropiados a recolectores y recuperadores urbanos y reforzar la red de contención de los actores del proceso de tratamiento de residuos patogénicos ante posibles saturaciones del sistema por el aumento desmedido de la generación de hospitales y centros de salud. A la fecha, Argentina supera los 20.000 casos confirmados. Si bien aún dispone de capacidad ociosa en su sistema de tratamiento de patogénicos, es fundamental el adecuado monitoreo de la generación en los centros de salud, en particular los radicados en el AMBA, epicentro de los casos, para evitar la saturación del sistema y un impacto dañino en el ambiente.

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